LA X EN LA FRENTE
Moisés MOLINA
¿POR QUÉ UNA DIRIGENCIA COLEGIADA PARA EL PRI DE OAXACA?
Agradezco mucho la mención de Adrián Ortiz Romero en su puntual columna del viernes pasado y reconozco y pondero sus lúcidas reflexiones. La actual situación del PRI en Oaxaca es, siempre lo he dicho, preocupación que trasciende la militancia y se llega hasta los ciudadanos sin partido que merecen una oposición funcional como contrapeso político a probables excesos de los gobiernos actuantes en nuestro estado y municipios.
Celebro también la casi inmediata respuesta de mi compañera ex diputada federal y ex candidata a senadora Sofía Castro, a reflexiones personales publicadas en los medios el jueves 6 de septiembre, suscrita también por el Frente Renovador por un PRI para Todos; respuesta que respeto mucho y de igual manera pondero y formulo a la vez algunas precisiones. El debate es no solo saludable, sino necesario en tiempos de crisis que germinan también oportunidades.
¿Por qué una dirigencia colegiada para el PRI de Oaxaca?
Al margen de los calificativos que podrán todos, en absoluta libertad, imponer a mi propuesta, he de decir que no pretende generar polémica, menos aún confusión. Es una propuesta cuya viabilidad defiendo, sin pretender imponer tampoco, a la luz de la nueva visión que buena parte de mi generación tiene del proceso renovador de nuestra dirigencia, sobre todo en el interior del estado.
¿Cuál es el origen del conflicto? La concentración del poder. La crisis que subyace a la ausencia de un liderazgo en el PRI es de legitimidad. De no ser así, tuviésemos presidente oaxaqueño desde hace tiempo. La sensación común de los militantes que respeto y estimo, con quienes he compartido varias horas de charla, es de peligro y de zozobra. Saben que los ex gobernadores, sin capitular, están impulsando sus propuestas en niveles de decisión cerrados a los priístas terrenales y ese es el fundamento de sus temores. Donde ninguno está dispuesto a ceder, no puede florecer más que la continuación del conflicto.
La división del PRI no está en las decenas de miles de militantes al interior del estado; está en sus corrientes ligadas, con razón o sin ella, a Murat y Ulises. Respetables todas ellas, han convertido la política intrapriísta en un juego de suma cero, donde unos ganan a costa de lo que otros puedan perder y se han encerrado en un callejón sin salida donde nada ha hecho que una sea la que hegemonice. ¿Qué podría hacerlo ahora? Estimo que ni siquiera un proceso interno bajo cualquiera de sus procedimientos estatutarios.
Pero, suponiendo que fuera un proceso interno la solución a la inacabable pugna (donde guste a quien guste se tuviese que respetar a los ganadores), ¿que se requiere para que los priístas vayamos a un proceso interno de elección de dirigentes?
1.- Convocar a los 648 mujeres y hombres que integramos el Consejo Político Estatal para reunirnos en sesión, con el objeto de aprobar el procedimiento estatutario entre tres opciones que nos brinda el artículo 159 de los estatutos, y aquí hago la primera precisión al texto enviado por la Lic. Sofía Castro al portal de noticias “Libertad Oaxaca” que puede consultarse en http://www.libertad-oaxaca.info/politica/26444-la-ruta-que-sigue-sofia-castro-rios.html :
a) Elección directa por la base militante;
b) Asamblea de consejeros políticos; y
c) Asamblea Estatal, no asambleas municipales, como aparece en el cuerpo de la publicación.
Es motivo de inconformidad pública y argumento de las corrientes priístas la integración “a modo” del actual consejo político estatal. Con razón o sin ella, condenarán y tratarán de impedir, las no ulisistas cualquier intentona de aprobación de alguno de los procedimientos estatutarios, sin antes haber redistribuido los 648 lugares para integrar un Consejo Político Estatal “equilibrado”.
2.- Suponiendo que ello fuera posible y se aprobara un procedimiento (hago mi segunda precisión al texto de la Lic. Castro) la convocatoria la tendría que emitir el Comité Ejecutivo Nacional que no tiene ninguna “Comisión Política Permanente” como refiere mi compañera en su texto. Dicho órgano (la CPP) corresponde al Consejo Político Nacional que nada tiene que ver estatutariamente con el proceso oaxaqueño. La convocatoria la firmarían el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional y su Secretaria General, nada más.
3.- No deberán mediar menos de 35 días naturales, según estipulación del artículo 8 del Reglamento para la Elección de Dirigentes y Postulación de Candidatos, entre la expedición de la convocatoria y la fecha de la elección.
4.- Se requiere, entonces, tiempo. Y el artículo 9 del mismo reglamento prohíbe expresamente hacer coincidir el proceso de renovación de dirigentes con el proceso electoral local desde su inicio hasta el día del cómputo. El proceso electoral constitucional oaxaqueño inicia la segunda semana de noviembre.
Pregunto entonces, ¿no alcanzan dos meses para tener dirigencia electa estatutariamente procedimental? He dejado, en más de una ocasión, constancia de mis simpatías por la consulta abierta a la militancia. He de reconocer que, aunque fuera materialmente posible, sus bondades en este complicado escenario de intransigencia, quedarían sepultadas por más división. Entiendo que en un juego democrático como acabamos de ver se debe respetar al ganador, pero ¿abonaría –reitero- en este escenario a la unidad?
¿Qué es lo urgente? La unidad. De ahí podemos partir para lo que venga. Dígase la defensa de nuestro presidente electo en el terruño o la elección constitucional del próximo año.
Estimados Sofía y Adrián:
Los priístas deben ponderar en este delicado momento que tipo de decisión adoptan. ¿Absolutismo, enseñoreamiento de una visión sobre las demás, concentración del poder por parte del CDE? O ¿la posibilidad de hacer coincidir en una mesa cuyo moderador sea Pedro Joaquín Coldwell, a todas las corrientes para obligarles a ponerse ahí de acuerdo respecto de una solución práctica que garantice unidad y desde ahí competitividad?
Coincido con Sofía cuando estima que la salida ha de ser necesariamente institucional y la tenemos:
El artículo 48 del reglamento antes citado enuncia:
“En caso fortuito o fuerza mayor que amenace o altere el desarrollo normal del proceso interno para elegir dirigentes o postular candidato a cargos de elección popular, el Comisionado Presidente de la Comisión Nacional de Procesos Internos en acuerdo con el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, tomará las medidas urgentes que permitan garantizar la unidad y fortaleza del partido”
Hay otras precisiones - amable lector- que quedan pendientes respecto del texto de mi correligionaria pero no lindan con la sustancia de lo que hoy nos tiene escribiendo y ya abusé además de su vista y de su tiempo.
¿Y quiénes -se podrá preguntar- debían integrar esta dirección colegiada?
Coincido con Sofía. No hay más que voltear a los estatutos. Ahí está gustoso el artículo 151. Pero además en aras de legitimarnos ante la militancia, soy de la idea, además, de que queden excluidos de ella quienes hayan sido presidente o secretario general del CDE en cualquier modalidad; secretarios, subsecretarios, directores generales o coordinadores generales de la administración pública estatal los dos últimos sexenios; ni quienes hayan sido candidatos a cargos de elección popular del nivel estatal y federal en el mismo periodo de tiempo. Esto sí puede acusarse de romanticismo, pero lo creo revitalizante. Tengo 33 años, disculpen ustedes.
Mi consideración más distinguida
@MoisesMolina